Asilo/Ayuda Humanitaria

Admin Santos Immigration/ junio 23, 2016/ Práctica de Inmigración/ 0 comentarios

El asilo es una forma de ayuda humanitaria destinada a proteger a los inmigrantes que no pueden regresar a sus países de origen porque han sido dañados o temen ser dañados en el futuro en base a uno de los cinco motivos protegidos. Los solicitantes de asilo deben demostrar que tienen un “temor fundado de persecución basado en su: raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular por parte de un actor que el gobierno no quiere o no puede controlar. 8 USC§1101(a)(42)(A). Puede incluir a su cónyuge e hijos menores de 21 años en su solicitud de asilo siempre que vivan en los Estados Unidos. Si se le otorga asilo, puede solicitar su tarjeta verde dentro de un año de su concesión de asilo. Una vez que se conceda su solicitud de asilo, también puede solicitar que su cónyuge e hijos lo acompañen si residen en el extranjero.

Para ser elegible para el asilo, debe presentar su solicitud dentro de un año de ingresar a los Estados Unidos, o si ingresó con una visa válida, dentro de un año de la fecha de vencimiento de su visa. Al presentar una solicitud de asilo dentro de este período de un año, automáticamente será elegible para obtener un permiso de trabajo 150 días después de presentar su solicitud. Hay varias excepciones a este plazo de un año, como para los menores no acompañados y para aquellos que sufren de una enfermedad mental debilitante que les impidió presentar la solicitud a tiempo. Si no califica para una de las excepciones enumeradas a la fecha límite de presentación de un año, aún puede ser elegible para la retención de expulsión. Para la retención de expulsión, debe demostrar que sería “más probable que no” que sería perseguido en su país de origen, un estándar más alto que para el asilo. Si se le otorga este alivio, no puede ser expulsado a su país de origen y será elegible para un permiso de trabajo mientras permanezca en los Estados Unidos.

Ya sea que esté solicitando asilo de manera afirmativa o defensiva, una vez que ya haya sido colocado en un proceso de deportación, es importante consultar con un abogado de inmigración con experiencia para asegurarse de presentar todas las pruebas que respalden su caso. Después de la aprobación de la Ley REAL ID, si no presenta evidencia que estuvo razonablemente disponible para corroborar su historia, incluso si su testimonio es creíble, la falta de evidencia de apoyo en su caso puede ser la única razón para denegar su solicitud.

Estatus de Protección Temporal (TPS)

El Estatus de Protección Temporal, o TPS, es una forma de ayuda humanitaria otorgada a personas elegibles de países designados por el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional. El secretario designa ciertos países para TPS donde los nacionales de ese país no pueden regresar de manera segura debido a un conflicto armado, desastre natural u otras condiciones temporales extraordinarias. Para ser elegible, los ciudadanos de los países designados deben haber estado físicamente presentes y residido en los Estados Unidos durante el período específico del país, www.uscis.gov/tps presentes en los Estados Unidos durante el período de tiempo requerido (que varía de un país a otro). país), haber solicitado durante el período de registro inicial, o ser elegible para TPS tardío.

Beneficios del TPS

No puede ser expulsado de los Estados Unidos mientras tenga el estatus TPS
Puede obtener un permiso de trabajo válido durante el período de reinscripción para su país
Puedes solicitar un permiso anticipado para regresar a tu país de origen en caso de emergencia o para visitar a familiares
Si bien no puede solicitar una tarjeta de residencia simplemente por tener TPS, debido a un cambio reciente en la ley, puede ser elegible para solicitar una tarjeta de residencia si tiene un pariente inmediato que puede solicitarlo por usted. Si viaja con libertad condicional avanzada y un pariente inmediato solicita por usted (es decir, un cónyuge ciudadano estadounidense, un hijo ciudadano estadounidense mayor de 21 años o un padre ciudadano estadounidense si tiene menos de 21 años) puede solicitar una tarjeta verde y no estará sujeto a las prohibiciones de 3 y 10 años (por presencia ilegal en los EE. UU. de 6 meses y más de 1 año).

Los motivos comunes de inelegibilidad o denegación incluyen:

Condena por dos delitos menores o un delito grave
No pudo volver a registrarse para TPS durante el período de reinscripción sin una buena causa
No proporcionó evidencia de presencia física continua y residencia continua en los Estados Unidos
Si no renovó su solicitud de TPS, pero es elegible para TPS, puede solicitar TPS de Novo ante un juez de inmigración, incluso si no tiene una buena razón para no haber renovado su TPS.

TPS tardío

Incluso si no solicitó TPS durante el período de registro inicial, si cumple con todos los demás criterios, aún puede ser elegible si durante ese período de registro inicial de la designación de su país:

Si fuera un no inmigrante, se le concediera la salida voluntaria o cualquier alivio de la deportación,
Tenía una solicitud de cambio de estatus, ajuste de estatus, asilo, salida voluntaria u otro alivio de deportación que estaba pendiente

r sujeto a revisión o apelación adicional,
Estaba en libertad condicional o tenía una solicitud pendiente de nueva libertad condicional, o
Es cónyuge de una persona que actualmente es elegible para TPS
Y se registra para TPS mientras está en dicho estado o dentro de los 60 días posteriores al vencimiento o terminación de las condiciones anteriores

O

Usted era un niño, soltero y menor de 21 años, y su padre actualmente es elegible para TPS. Aún puede ser elegible para la presentación inicial tardía, incluso si ahora tiene más de 21 años o está casado.

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